Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por contradicción de tesis entre Tribunales Colegiados de Circuito (TCC),1 que el enunciado “y demás papeles” contenidos en el primer párrafo del artículo 45 del Código Fiscal de la Federación (CFF), sí incluye los estados de cuenta bancarios del contribuyente visitado, motivo por el cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sí tiene facultades para requerir la exhibición y entrega de esos estados de cuenta durante la práctica de una visita domiciliaria
SCJN: El SAT puede requerir los estados de cuenta bancarios en una visita domiciliaria.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) sí tiene facultades para requerir la exhibición y entrega de esos estados de cuenta durante la práctica de una visita domiciliaria